Ficha metodológica del indicador disponible para la Comunidad Autónoma de Euskadi
Indicador disponible |
Incidencia de la malaria por cada 1.000 habitantes |
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Meta |
3.3- De aquí a 2030, poner fin a las epidemias del SIDA, la tuberculosis, la malaria y las enfermedades tropicales desatendidas y combatir la hepatitis, las enfermedades transmitidas por el agua y otras enfermedades transmisibles |
Objetivo |
3- Garantizar una vida sana y promover el bienestar de todos a todas las edades |
Definición del indicador |
Casos autóctonos de malaria notificados a la Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica (RENAVE) por cada 1.000 habitantes. |
Fórmula teórica |
\[TCA_{malaria}^{t} = \frac{CA_{malaria}^{t}}{P^{t}} \cdot 1.000\]
donde: $CA_{malaria}^{t} =$ casos autóctonos de malaria notificados a la Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica (RENAVE) en el año $t$ $P^{t} =$ población a 1 de julio del año $t$ |
Desagregaciones |
Sexo |
Periodicidad |
Anual |
Observaciones |
Los casos autóctonos son aquellos en los que la enfermedad se ha contraído en el territorio nacional. La Comunidad Autónoma de Euskadi no es actualmente zona de transmisión de la malaria. |
OCECA |
![]() Indicador calculado utilizando una metodología armonizada entre los órganos centrales de estadística de las comunidades autónomas |
Fecha última actualización datos | 08/05/2025 |
Fecha última actualización metadatos | 22/09/2025 |